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Bases de cotización de la Seguridad Social para Empleadas de Hogar 2016

El sistema especial de Empleados de Hogar establece que deben cotizar a la Seguridad Social todas aquellas personas que son remuneradas por la prestación de servicios en el ámbito del hogar familiar (tareas domésticas, cuidado o atención de los miembros de la familia...), independientemente de circunstancias como la cantidad de horas trabajadas o el número de empleadores.

La cotización de la Seguridad Social incluye dos partes:

  • La aportación del empleador, que a su vez engloba un 20,60% de la base de cotización para contingencias comunes (que puede estar bonificado) y el 1,10% para contingencias profesionales (accidentes laborales...).
  • La aportación de la empleada de hogar, 4,25% correspondiente a de contingencias comunes

El servicio casaniñosymayores incluye en todos los casos y sin ningún coste adicional para usted, el alta en la Seguridad Social de la empleada de hogar (y del empleador si resultara necesario), así como la determinación de la cuota de cotización correspondiente.

La base de cotización y sus aportaciones quedan definidas por tramos, en función del salario de la empleada de hogar, según se recoge en la tabla de bases de cotización de la Seguridad Social 2016, que incluimos a continuación.

Tabla de bases de cotización de la Seguridad Social para Empleadas de Hogar 2016

Pulsar en la imagen para ampliar.

Bases de cotización de la Seguridad Social para empleadas de hogar 2016

Notas:

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Se establece una reducción del 20% en la aportación del empleador por contingencias comunes para las contrataciones posteriores al 1 de enero de 2012. Esta reducción se ampliará hasta el 45% para familias numerosas cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o si ambos progenitores desarrollan una actividad retribuida fuera del hogar.

La bonificación no es aplicable para el caso de las empleadas de hogar que prestan sus servicios menos de 60 horas mensuales por empleador y han asumido el cumplimiento de las obligaciones de cotización.

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La cotización se realiza de manera mensual por lo que, en caso de existir pagas extraordinarias, el salario bruto deberá incluir el correspondiente prorrateo. Por ejemplo, si se pacta un salario de 12 mensualidades de 600 EUR y 2 medias pagas, el valor del salario bruto que debe considerarse es: (12x600 + 2x300) / 12 = 650 EUR/mes.


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